Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela en Madrid

 

Viajar a Venezuela y la Doble Nacionalidad

Recordamos que la Ley de Nacionalidad y Ciudadanía de fecha 01 de julio de 2004, establece lo siguiente:

Artículo 7: “Los venezolanos y venezolanas que posean otra nacionalidad deberán hacer uso de la nacionalidad venezolana para su ingreso, permanencia y salida del territorio de la República, debiendo identificarse como tales en todos los actos civiles y políticos

Es por ello que recomendamos siempre tener el pasaporte venezolano vigente.

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