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¿Por
qué es importante la presentación y Registro de Nacimiento?
La
presentación y registro de nacimiento de todo menor, de
padres venezolanos, nacido en cualquiera de las siguientes
Comunidades Autónomas: Madrid; Castilla y León; Castilla La
Mancha; Extremadura; Murcia o Andalucía,
es el acto donde se formaliza el registro de un ciudadano
venezolano a fin de otorgarle al menor la nacionalidad
venezolana, de conformidad con la Constitución Venezolana.
¿Cómo
efectuar la solicitud ?
Este
trámite se solicita exclusivamente por
Correo Postal, para ello debe enviar a nuestra
dirección:
-
Una
carta solicitando el Registro de Nacimiento del menor y
los datos
de contacto del interesado.
-
Todos
los requisitos que correspondan.
EN NINGÚN CASO, REMITA SU PASAPORTE O
DOCUMENTOS DE IDENTIDAD ORIGINALES,
remita solo copias legibles y en los formularios no
escriba la fecha.
-
Una
vez que se ha recibido todos los recaudos, esta
Misión Consular procederá a elaborar la respectiva Partida
de Nacimiento y comunicara al interesado la fecha a partir de
la cual debe presentarse para firmar y retirar dicha
Partida de Nacimiento. Este trámite tarda
aproximadamente 30 días consecutivos.
Asimismo, le indicamos que si no remite todos los recaudos
completos, no se hará el trámite, y el material recibido
será destruido.
¿Cuáles
son los requisitos?
Para
la presentación y registro de nacimiento de menores en esta
Misión Consular, usted deberá remitir:
- Una
carta solicitando el Registro de Nacimiento del menor y
facilitar los datos
de contacto del interesado.
- Remitir
la planilla de solicitud de Registro de Nacimiento de
Menores, complementada en letra legible y sin tachadura.
Dicha planilla puede verse e imprimirse siguiendo este
enlace .
El único requerimiento para poder utilizar esta planilla
es que usted tenga instalado en su computadora el programa
ADOBE ACROBAT READER, que puede conseguir gratis siguiendo
este
enlace .
- Dos (2) certificaciones literales de nacimiento
originales del Registro Civil español, debidamente
legalizadas con la Apostilla de la
Haya (Ministerio de Justicia de España).
- Dos
(2)
copias legibles de las certificaciones literales de
nacimiento legalizadas.
- Cuatro (4) copias
legibles del Acta de Matrimonio. En caso de
divorcio o defunción de uno de los padres del menor, se
deberá presentar cuatro (4) copias legibles del Acta de Divorcio o Defunción.
- El
progenitor venezolano deberá presentar cuatro (4) copias
legibles de
su partida de nacimiento, cédula
de identidad, y del pasaporte venezolano (únicamente las
páginas donde están sus datos personales y huella
dactilar) . En caso de que uno de los padres posea otra
nacionalidad distinta de la venezolana deberá presentar
solamente cuatro (4) copias del pasaporte.
- En
caso de que uno de los padres sea venezolano
por naturalización deberá presentar cuatro
(4) copias legibles de la resolución publicada en la gaceta
oficial o la constancia de naturalización expedida por el
Ministerio del Interior y Justicia, Dirección Nacional de
Identificación.
- Llenar
a lápiz el formulario de Estadística de
Nacimiento, el
cual puede verse e imprimirse siguiendo este
enlace.
- Para
este tramite no se requiere el Certificado o volante de
empadronamiento, y esta exento del pago de
Derechos Consulares.
Una
vez que se ha recibido todos los recaudos correctamente, esta
Misión Consular procederá a elaborar la respectiva Partida
de Nacimiento y le comunicara al interesado la fecha que debe
presentarse para firmar y retirar la misma. Este
trámite tarda aproximadamente 30 días consecutivos.
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