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Es una Constancia
de que el/la ciudadano/a no ha fallecido.
Para
realizar este trámite debe acudir a la sede de este
consulado exclusivamente los lunes o miércoles, a
partir de las 9:00 horas y hasta las 11:30 horas, sin previa cita, con los siguientes recaudos:
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Cédula de
Identidad laminada o
Pasaporte.
-
Tantas
copias legibles de la Cédula de Identidad o del Pasaporte
como Documentos de Fe de Vida desee tramitar.
En
el caso de las remitir copias de la Cédula de
Identidad deben ir una copia por cada folio sin recortar, y en el caso de los
pasaportes, solo copia de las
páginas donde se encuentran sus datos personales y
la huella dactilar.
-
El
solicitante debe presentar original
del comprobante de empadronamiento, que demuestre su
residencia, en cualquier Comunidad Autónoma de la
circunscripción de esta Misión Consular.
El
Consulado General le hará entrega de una Constancia de
Fe de Vida al interesado, en la cual deberá firmar y
estampar su huella dactilar, para que
tenga validez en Venezuela.
Este
trámite se puede hacer por correo postal, en
caso de no poder acudir personalmente a esta Sede
Consular, para ello debe enviar a la siguiente
dirección:
Consulado
General de Venezuela en Madrid
Calle
Apolonio Morales 3
28036
Madrid
Los
siguientes recaudos:
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Una
carta
solicitando la emisión de la Fe de Vida con sus
datos de contacto.
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Constancia
original de una Fe de Vida y
Estado emitida por las autoridades municipales con
fecha del mes en que haga la solicitud ante esta
Misión Consular.
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Tantas
copias de la Cédula de Identidad o del Pasaporte
como Documentos de Fe de Vida que desee tramitar. En
el caso de las cédulas deben ir una copia por
página sin recortar, y en el caso de los
pasaportes, solo copia de las dos (2) primeras
páginas (donde se encuentran sus datos personales).
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Un sobre, tamaño Din
A4, con las estampillas o sellos postales necesarios para
un envío de hasta 200grs, donde debe escribir su dirección
personal como destinatario, y que será utilizado
por esta Misión Consular para remitirle la Constancia
de Registro Consular.
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Este
Tramite Consular está exonerado de pago.
Observaciones:
Esta
Misión Consular no podrá emitir una Fe de Vida
recibida por correo postal si la Constancia emitida
por el Ayuntamiento es de un mes diferente al de la
recepción de la misma, por consiguiente, sugerimos
que la solicitud ante el Ayuntamiento y el envío junto
con el resto de los recaudos a esta Misión Consular, se
haga en los primeros días del mes.
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