Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela en Madrid

 

 
Bienvenidos a la pagina Web
del Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela en Madrid:
 
Dirección Postal:
Calle Apolonio Morales 3
28036 Madrid
Telf. (+34) 91.353.29.91
Fax: (+34) 91.345.26.62
Email:
informacion@consulado-madrid.gob.ve
 

Boletín de mayo 2010

 

Boletín Especial

 

 


PENSIONADOS EN EL EXTERIOR

Les recordamos a todos los pensionados que están cobrando su pensión en España, que deben enviar al:

Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS)
Dirección de Prestaciones en Dinero
Centro Simón Bolívar - Torre Norte - Piso 7
Caracas 1010 - Venezuela


los siguientes recaudos para cumplir con el reporte anual.

Reporte España 2010: Pensionados con envios de recaudos completos Reporte España 2010: Pensionados con envios de recaudos incompletos

 

 

Boletín informativo Nº 1 "Voto en el Exterior"

 

A partir del 1º de enero de 2010, los siguientes tramites se harán exclusivamente por correo postal

Constancia de Registro Consular para solicitar las divisas a CADIVI para estudiante.
Constancia de Registro Consular para solicitar las divisas a CADIVI para pensionados y jubilados.
Censo de los pensionados del IVSS.
Inscripción Consular
Registro de Defunciones.
Registro de Matrimonio.
Registro de Nacimiento.
Permisos de Viaje.

 

Asuntos que NO se pueden tramitar en el Consulado

Legalizar o apostillar documentos venezolanos para ser presentado ante las autoridades españolas.
Legalización de documentos civiles o de estudio españoles.
Hacer copia certificadas de documentos venezolanos, excepto nacimientos, matrimonios y defunciones registradas en el Consulado.
Actualizar o extender la vigencia de un documento venezolano que ha caducado.
Expedir constancias relativas al estado civil.
Expedir constancias relativas a los antecedentes penales o buena conducta.
Expedir constancias de residencia en Venezuela.
Sellar documentos privados.
Expedir documentos a una persona totalmente indocumentada.
Utilizar el Consulado para realizar trámites personales ante las autoridades españolas o las líneas aéreas.
Tramitar Fe de Vida sin la presencia del interesado, solo es posible si se adjunta el documento de Fe de Vida emitido por la autoridad civil más cercana a su localidad.
Dar ayudas económicas y/o repatriar.
Sugerir o recomendar profesionales.
Asumir el pago de los gastos derivados de tratamientos médicos, traslado de cadáveres y situaciones de pérdida o sustracción de dinero.
Interferir en procesos judiciales y decisiones de inadmisión.
Colocar en sus oficinas propaganda.

 

NO DEJE DE VISITAR

 

Este sitio Web esta siendo rediseñado.
Pedimos disculpas por cualquier molestia causada; dentro de poco lanzaremos nuestro nuevo sitio web.